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Suprema reduce cargos contra exfiscal de Los Ángeles y mantiene acusación por violación de secreto

La Corte Suprema redujo los cargos contenidos en la querella de capítulos presentada contra el exfiscal adjunto de Los Ángeles Rodrigo Antonio Durán Fuica, investigado por la eventual comisión de diversos delitos durante el periodo en que ejerció sus funciones.

En un fallo correspondiente a la causa rol 37.180-2026, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó parcialmente la resolución de la Corte de Apelaciones de Concepción y determinó que la querella de capítulos es admisible únicamente respecto del delito de violación de secreto.

La resolución rechazó las imputaciones por asociación criminal, negociación incompatible y lavado de activos, al considerar que los antecedentes presentados por el Ministerio Público no alcanzaban el nivel de seriedad y gravedad requerido para avanzar respecto de esos delitos.

En cuanto a la acusación por violación de secreto, el tribunal sostuvo que existen antecedentes suficientes para admitir la querella de capítulos. Según estableció el fallo, Durán habría extraído información desde diversas bases de datos reservadas respecto de terceros ajenos a un proceso penal y posteriormente la habría entregado a personas que tenían esa misma calidad, específicamente a su cónyuge, Andrea Romero Jara.

“Que, en el presente caso, tal como consta de los antecedentes de la presente causa y lo alegado en estrados, es un hecho pacífico que el exfiscal señor Durán extrajo información de diversas bases de datos reservadas respecto de terceros ajenos a un proceso penal, haciendo entrega de ellos a –precisamente– personas que tienen dicha calidad”, señala la sentencia.

Para la Corte, estos hechos presentan la seriedad suficiente para admitir la querella respecto de ese ilícito, aunque precisó que la existencia de todos los elementos del delito y su eventual configuración deberán determinarse en el correspondiente juicio penal.

Rechazo de asociación criminal, negociación incompatible y lavado de activos

En cambio, la Segunda Sala consideró que los antecedentes aportados en relación con el delito de asociación criminal no tenían la gravedad suficiente para sustentar su admisibilidad.

El tribunal explicó que esta figura requiere una acción sostenida en el tiempo y orientada, entre sus fines, a la perpetración de hechos constitutivos de crímenes. En este caso, sostuvo que las imputaciones se limitaban a señalar que la información que habría proporcionado el exfiscal le reportaba una ventaja a su cónyuge frente a otros estudios jurídicos, sin que ello permitiera configurar el ilícito.

La Corte adoptó un criterio similar respecto de la negociación incompatible y el lavado de activos. Sobre ambos delitos, señaló que se trataba de “alegaciones genéricas” que resultaban insuficientes para atribuir, en esta etapa procesal, las conductas imputadas y acreditar que estas hubieran sido ejecutadas con la intención de alcanzar un fin ilícito.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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